El proyecto, que forma parte del plan de emergencia para la reactivación económica y del empleo, en un marco de convergencia fiscal de mediano plazo, establece las siguientes medidas:
- Una reducción transitoria del impuesto de primera categoría para pequeñas y medianas empresas, acogidas al Régimen Pro Pyme, en los ejercicios 2020, 2021 y 2022. Inicialmente, esta rebaja se había planteado de un 25% a un 12,5%, pero tras el acuerdo en la comisión mixta, quedó en un 10%.
- Disminución a la mitad la tasa de pagos provisionales mensuales, desembolsos mensuales que efectúan las empresas como adelanto del pago anual del impuesto de primera categoría, que les corresponda cancelar en los años 2020, 2021 y 2022.
- Postergación del pago del IVA en un plazo de 90 días.
- Postergación de entrada en vigencia de la boleta electrónica para los emisores de factura electrónica, que comenzaba a regir el 1 de septiembre y se trasladó para el 1 de enero del 2021.
- Permite que las empresas acogidas al régimen ProPyme puedan solicitar un reembolso del remanente acumulado de crédito fiscal del IVA, que se obtiene de la declaración de dicho gravamen que se realiza en los meses de julio, agosto o septiembre de 2020.
Con los siguientes alcances:
Se deberá constatar una disminución de al menos un 30% de los ingresos considerado entre 01 de enero al 31 de mayo de 2020. Comparado con igual periodo del 2019. Además de presentar remanente crédito fiscal a la declaración realizada en junio de 2020, generado por la adquisición de bienes o la utilización de servicios en el periodo antes indicado (01-01 al 31-05 de 2020).
Otro requisito establece que solo serán candidatas a este beneficio aquellas Pymes que mantengan un buen cumplimiento tributario, determinado –entre otros aspectos- por haber presentado las declaraciones de IVA de los últimos 36 períodos y no mantener deudas tributarias, salvo aquellos contribuyentes que cumplan convenios de pago ante la Tesorería General de la República.
Depreciación e inversión regional
En este sentido, el proyecto amplía la depreciación y amortización instantánea del 100% de las inversiones en bienes físicos del activo fijo (nuevos o importados) adquiridos entre el 01 de junio y hasta el 31 de diciembre del 2020, incorporándose en el mismo periodo, la posibilidad de depreciar ciertos activos intangibles protegidos por la ley (propiedad industrial, derechos de autor y nuevas variedades vegetales).
Se hace presente que se fijan normas especiales de fiscalización y control por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII), que el Servicio deberá regular próximamente.
Se restituye la norma que incluye la liberación de la contribución del 1% regional para proyectos que ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) hasta el 31 de diciembre de 2021 y cuya ejecución se efectúe dentro del plazo de tres años contados desde la notificación de la resolución que lo califica ambientalmente de manera favorable.
Medidas a Transportistas y nueva mesa Pyme
Se acordó, por una sola vez, el pago de un bono de 350 mil pesos, que podrá ser solicitado en un plazo de 60 días posteriores a la publicación de la ley en el Diario Oficial y será gestionado por el Ministerio de Transportes.
Además de otorgar un préstamo estatal solidario por un monto de 320 mil 500 pesos, que podrán solicitar dos veces, entre el 1° de septiembre y el 31 de diciembre de 2020, y una vez adicional, durante el año 2021 y a partir del mes de marzo de dicho año.
Por último, entre otras disposiciones, se compromete la conformación de una mesa de trabajo entre los Ministerios de Hacienda y de Economía con los gremios de las pymes cuya finalidad sea evaluar la implementación del Plan de Emergencia y analizar nuevas medidas de apoyo.
Estimamos que el Proyecto Aprobado se queda corto en establecer medidas que permitan inyectar flujos de caja, necesarios para la operación y “Reactivación” de las Pymes afectadas por la baja en sus ventas y las restricciones de funcionamiento generadas por Covid-19.
Por otro lado, las condiciones y exclusiones establecidas para solicitar un reembolso del remanente acumulado de crédito fiscal del IVA, son discriminatorias y no consideran la realidad de las Pymes, que se ven afectadas por constantes diferimientos en sus ciclos de pago, explicados por la asimétrica relación comercial que deben soportar con las grandes empresas y el propio Estado. Esta situación se suma a las últimas reformas en la ley tributaria y los efectos económicos arrastrados desde la crisis social y la actual Pandemia, que han impactado y convierten en irreal, cualquier promedio o exclusión determinadas en el proyecto. Este cúmulo de variables muchas veces explica el arrastre de deudas tributarias o incumplimiento en sus obligaciones con el Fisco.
Todos los analistas estiman que la recuperación económica será lenta y las medidas anunciadas más que generar un impulso reactivador, amplían el catálogo de exenciones y beneficios tributarios que solo pueden ser accedidos por unos pocos.
El proyecto además compromete la conformación de una mesa de trabajo entre los Ministerios de Hacienda y de Economía con los gremios de las Pymes cuya finalidad será evaluar la implementación del Plan de Emergencia y analizar nuevas medidas de apoyo.
Esperamos que las Pymes logren un poder de articulación real, transversal y representativo que permita levantar medidas que realmente impulsen la Reactivación económica del país y se hagan cargo de los efectos que esta Pandemia seguirá generando en las distintas áreas de nuestra economía.