Financiero22 nov 2019

¿Qué son las medidas tributarias de reversión automática?

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Víctor San MartínIng. Comercial
Mag. en Gestión Tributaria y Financiera
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Respondiendo a una serie de consultas realizadas por nuestros clientes nos referiremos al conjunto de medidas anunciadas por el Ministerio de Hacienda y que se pueden agrupar en lo que se determina como “Medidas tributarias de reversión automática“. Técnicamente corresponden a medidas que generan un menor ingreso fiscal en el corto plazo, pero cuyo efecto en las arcas del Fisco es restaurado en el ejercicio siguiente. La idea es que dichas propuestas contribuyan a mejorar los flujos de las MiPymes y generen un impulso a la economía.

Por ejemplo, durante la crisis financiera del año 2009 se tomaron tres medidas a nivel fiscal que cumplen con dichas características.

La primera fue el anticipo de la devolución del impuesto a la renta para contribuyentes del Global Complementario; la segunda, una rebaja transitoria de los pagos provisionales mensuales (PPM) del Impuesto de Primera Categoría; y la tercera, una rebaja como crédito contra el Impuesto de Primera Categoría de los gastos incurridos en programas de capacitación para sus trabajadores al alero del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

En la actualidad y tras la batería de anuncios producto de los daños generados por la crisis social, el Ministro de Hacienda Ignacio Briones anunció medidas similares que se traducirán en devolver anticipadamente el impuesto a la renta para los contribuyentes del sector micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).

Para las MiPymes que experimentaron una caída de sus ventas en octubre del 2019 respecto del promedio de los últimos doce meses, se contempla devolver anticipadamente entre un 20% y un 75% del promedio simple entre: los PPM pagados hasta septiembre de este año y las devoluciones recibidas en los últimos dos años.

Se darán facilidades para el pago del IVA: se considera el pago en 12 cuotas, con tasa de interés real cero y a partir de febrero del próximo año, del IVA correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre. Esta medida implica liberar recursos por hasta US$ 564 millones. También, se considera un régimen especial de donaciones para MiPymes: por un período de 18 meses se creará un régimen especial de donaciones que favorecerá a las Mipymes que sufrieron pérdidas materiales o bajas significativas en su productividad o ventas, entre otras medidas y ayudas anunciadas por el Ministerio de Economía.

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