La actual contingencia sanitaria dada por el aumento sostenido de los contagios por Covid-19 ha golpeado duramente a nuestra Economía que ya venía agonizante desde el estallido social.
Las Pymes han sido una de las más afectadas ya que por las prohibiciones sanitarias se ven imposibilitadas de operar y las ventas no están dando ni siquiera para cubrir los costos operacionales. Debido a esto, es que valoramos las medidas impulsadas por el Gobierno, ya que contribuyen para ir en ayuda de las Pymes y los trabajadores amenazados en sus fuentes laborales por el aumento sostenido de la cesantía.
Recientemente se aprobó uno de los mayores planes de gasto fiscal en la historia de nuestro país, por US$ 11.750 millones, equivalentes a un 4,7% del PIB, con medidas de emergencia y de alivio tributario. Lo anterior se suma a una nueva capitalización de Banco Estado y las prestaciones extraordinarias del seguro de desempleo, que pretenden ir en ayuda y aminorar los efectos que la pandemia está generando en nuestra economía.
A continuación pasaremos a detallar los principales anuncios que trae el plan de gasto fiscal, sus alcances y desglose por medidas.
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Suspensión de los pagos provisionales mensuales (PPM) del impuesto a la renta de empresas por los próximos tres meses.
Los PPM son anticipos mensuales que hacen las compañías del pago del impuesto a la renta
(Primera Categoría), los que luego se consolidan a nivel anual. Esta medida permitirá a 700 mil empresas disponer de más recursos en su flujo de caja y compromete recursos fiscales por hasta US$ 2.400 millones en los próximos 3 meses.
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Postergación del pago del IVA (19%) de los próximos tres meses para todas las empresas con ventas menores a UF 350.000, posibilitando su pago en 12 cuotas mensuales a tasa de interés real 0%. Esto permitirá inyectar liquidez por hasta US$ 1.500 millones a 240.000 empresas durante el segundo trimestre.
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Postergación hasta julio de 2020 del pago de impuesto a la renta de las PYME de acuerdo a lo que declaren en la Operación Renta de abril próximo. En la práctica, esto implicará que, en lugar de declarar y cancelar los recursos al Fisco en abril, las pequeñas y medianas empresas podrán realizar el pago recién en julio de 2020. La tasa de impuesto corporativo para este segmento es 25%, versus el 27% para las grandes sociedades. Esto les significará liberación de recursos en caja por US$ 600 millones de dólares a 140.000 Pymes.
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Anticipación de la devolución de impuesto a la renta que corresponde a las PYME: las empresas PYME recibirán su devolución en el mes de abril en lugar de mayo. Esto permitirá entrega mayor liquidez a más de 500 mil empresas PYME (ventas hasta UF 75.000 anuales) por US $770 millones.
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Todos los gastos de las empresas asociados a enfrentar la contingencia sanitaria serán aceptados como gasto tributario. En simple, todos los desembolsos que realicen las compañías debido la contingencia, como la adquisición de medicamentos, productos de higiene, medidas para implementar teletrabajo y cobertura adicional en caso de aseguradoras, por citar algunos casos, podrán deducirse de su base de impuestos.
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Postergación pago de contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a 350.000 UF y para personas con propiedades con avalúo fiscal inferior a $ 133 millones. En el caso de las personas, el acceso al beneficio será universal para quienes tengan una propiedad con avalúo fiscal menor a $ 133 millones. Se permitirá el pago de esta cuota en cualquier momento del año aplicándose una tasa de interés real 0%. Cabe recordar que la próxima cuota vence el 30 de abril e incorpora dos medidas de la reforma tributaria: la rebaja de contribuciones a adultos mayores y la sobretasa de impuesto territorial para las propiedades con un avalúo fiscal superior a $ 400 millones.
Esto involucra movilizar recursos por US$ 670 millones. El Fisco compensará los menores ingresos municipales transitorios, ya que el impuesto territorial es de beneficio de los gobiernos locales.
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Reducción transitoria del impuesto timbre y estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito durante los próximos 6 meses. Hoy, la tasa de dicho gravamen es progresiva y oscila entre un piso de 0,066% y un techo de 0,8%. Esto reducirá el costo de financiamiento para familias y empresas. Esta medida tiene un costo fiscal de hasta US$ 420 millones.
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Medidas de alivio para el tratamiento de deudas tributarias con la Tesorería General de la República focalizadas en las Pymes y personas de menores ingresos: i) flexibilidad para celebrar convenios de pago de deuda tributarias con dicha autoridad, aplicando condonaciones de intereses y multas; y ii) suspensión temporal de acciones de cobranza judicial y de remates por deudas tributarias.
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Se otorgarán mayores flexibilidades en los plazos para presentar declaraciones juradas asociadas a la Operación Renta de este año.
Ley N° 21225, de 30 de marzo de 2020 Decreto Supremo MH N°420 de 01 de abril de 2020 Res. Ex. N° 30 SII de 18-03-2020 Res. Ex. N° 31 SII de 18-03-2020 Res. Ex. N°41 SII de 13-04-2020 CN SII N°32 SII de 29-04-2020